Justicia pendiente
Ex defensor público desmiente al ministro Zaldívar en temas de discriminación y defensa para pobres

Por Ignacio García
El ex defensor público Alejandro Garduño Real desmintió al ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldìvar, y al director del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), Netzaí Sandoval Ballesteros, que aseguran en sus redes sociales que constantemente están preocupados en la defensa de los pobres y de atender la discriminación.
Por medio de una misiva, el ex servidor público refirió que cuando fue cesado como defensor público, siendo abogado de Jacobo Tagle, víctima del caso Wallace, el director del IFDP no consideró que se trató de una persona con discapacidad física y tenía que trasladarse a distintos puntos para ser notificado por la causa de su salida de la institución.
Mientras Zaldívar y Sandoval presumieron en sus respectivas redes sociales sobre su preocupación a los derechos humanos y la defensa de los pobres, el abogado Alejandro Garduño les recordó que siendo una persona en silla de ruedas tuvo que trasladarse a distintos espacios públicos ante la falta de respuesta de las autoridades.
También expresó que fue cesado cuando tomó los casos de defensoría pública de Jacobo Tagle Dobin en el «caso Wallace” y Francisco García Medel en el «caso Nelson Vargas», debido a que durante su trayectoria como defensor público no había recibido ninguna amonestación, pero fue sustituido por personas allegadas al hermano de la ex titular de la Secretaría de la Función Pública (SFP), Irma Sandoval, quienes no cuentan con experiencia e ingresaron sin preparación previa.
Agregó que desde que decidió tomar los casos, Isabel Miranda de Wallace actuó en su contra para dejarlo fuera del caso como sucedió con otros abogados, mientras que durante su trabajo en el IFDP recibió constantes agresiones e incluso atentados con armas de fuego.
Los Ángeles Press documentó que el ex defensor público fue cesado después de tomar los casos de los acusados de Isabel Miranda, además de que el director del IFDP reemplazó a discreción en la nómina a trabajadores con antigüedad en la institución para incorporar a personas cercanas a su círculo.
Es falso lo que usted dice señor Ministro, envié una carta a usted y al señor Presidente AMLO por el despido injustificado que sufrí por parte del señor Neztaí Sandoval Ballesteros, director del IFDP. pic.twitter.com/2kyxQxV7Q9
— Alex (@Alex74474269) July 22, 2021
En la #DefensoríaDelPueblo tenemos abogadas y abogados especializados en la atención a personas con discapacidad #PcD♿️.
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Justicia pendiente
Juez de EUA sentencia a 9 años de prisión a hijo del Mayo Zambada

El juez de la Corte Federal del distrito sur de California, Estados Unidos, Danna Sabraw, sentenció a nueve años de prisión a Ismael Zambada Imperial, alìas “El Mayito Gordo”, tercer hijo de Ismael “El Mayo” Zambada, líder del Cártel de Sinaloa.
Durante la audiencia inicial, el juzgador consideró que existen suficientes elementos para que el hijo del Mayo Zambada sea sentenciado por los delitos de importación y distribución de metanfetaminas, cocaína y mariguana de México a Estados Unidos, aunque le restaron los cargos por codirigir una empresa criminal y de lavado de dinero.
Sin embargo, se le tomaron en cuenta los años que ha pasado tras las rejas, pues fue capturado en noviembre de 2014 en Culiacán, Sinaloa, por elementos de la Secretaría de Marina (Semar), por lo que sólo le restará un año en prisión.
De acuerdo con la fiscalía norteamericana, el Mayito conspiró para transportar la droga y luego lavar y transferir las ganancias a México en beneficio de los integrantes del Cártel de Sinaloa.
El Mayito es el tercer hijo del líder criminal que ha sido procesado penalmente en Estados Unidos, pues en 2009 fue detenido Vicente Zambada Niebla, alías “El Vicentillo”, en México y extaditado un año después a Estados Unidos.
Otro de los hijos del Mayo Zambada procesados penalmente fue Serafín Zambada Ortíz, alías “El Sera”, quien fue detenido en noviembre de 2013, cuando intentaba cruzar la frontera entre México y Estados Unidos en 2013, pero fue liberado en 2018, después de una condena de cinco años por conspiración en el tráfico de metanfetaminas.
El Mayito Zambada fue extraditado en diciembre de 2019 a Estados Unidos, luego de reconocer que formó parte del Cártel de Sinaloa, en donde coordinó el tráfico de drogas a la Unión Americana entre 2014 y 2015.
Justicia pendiente
Red Solidaria litiga en la Corte Interamericana contra México por caso Tzompaxtle, de detención arbitraria en 2006

Por primera vez, se lleva a cabo la audiencia pública por el equipo jurídico de la Red Solidaria Década contra la Impunidad ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por el caso de detención ilegal y arbitraria en enero de 2006 de Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López por parte de agentes policiales.
Los representantes legales, María Magdalena López Paulino, Ernesto Rodríguez, Fray Julián Cruzalta, entre otros, han liderado la defensa de las víctimas contra el Estado mexicano, por el arraigo ilegal y la falta de garantías judiciales en el proceso penal que se les siguió en su contra.
En su Informe de Fondo la Comisión concluyó que las víctimas fueron retenidas y requisadas por agentes policiales sin orden judicial y que tampoco se evidenció que fuera posible percibir una situación de flagrancia, se especifica en el documento.
Asimismo, consideró que la retención resultó ilegal y arbitraria, y se agregó en el informe que la posterior requisa del vehículo que llevaban constituyó una afectación al derecho a la vida privada, así como que las víctimas no fueron informadas sobre las razones de su detención ni que fueron llevadas sin demora ante una autoridad judicial.
Por otra parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos analizó la figura del arraigo y su aplicación al presente caso, estableciendo que su aplicación “constituyó una medida de carácter punitivo y no cautelar”, señalando que la dicha figura resulta contraria a la Convención Americana y, en el presente caso, constituyó una detención arbitraria.
Finalmente, consideró que el Estado mexicano violó el derecho a la notificación previa y detallada de los cargos a la defensa técnica en los primeros días posteriores a la detención, puesto que durante ese tiempo tuvieron lugar diligencias relevantes en donde se recabó prueba en su contra y se dispuso su arraigo.
Con información de la CoIDH.
Fabricación de culpables
George Khoury Layón, torturado en el traslado del Cefereso de Michoacán a Guanajuato, «por denunciar violaciones»

Por Guadalupe Lizárraga
George Khoury Layón, privado de su libertad arbitrariamente y torturado por órdenes del empresario en seguridad privada Eduardo Cuauhtémoc Margolis Sobol, en 2005, 2006 y 2009, de nuevo fue víctima de actos de tortura e incomunicación con golpes y shocks eléctricos, el 12 de junio, dentro del Centro Federal de Rehabilitación Social Número 17, de Michoacán, y en su traslado al penal federal, de Ocampo, Guanajuato.
De acuerdo con la denuncia interpuesta ante la Fiscalía General de la República, bajo el número de la carpeta de investigación FED/FECC/FECC-MICH/00000067/2021, George Khoury Layón fue “brutalmente golpeado y torturado, entre otras cosas, por medio de toques eléctricos y precisamente por los servidores públicos que en esta carpeta se encuentran denunciados” por un espacio de diez horas, antes del traslado y durante éste, en el trayecto de Michoacán a Guanajuato.
Los mismos servidores públicos denunciados, el subdirector de Seguridad Alejandro Flores y el comandante Roberto Lázaro Echeverría, quienes también tienen acusaciones por acoso laboral de sus oficiales, además por extorsionar a los internos y con carpetas de investigación por denuncias de tortura, como la mencionada, le hicieron saber a Khoury Layón que “lo que le sucedía y le seguiría sucediendo era por haberlos denunciado”.
George Khoury Layón, pese a tener una opinión de libertad por parte del Grupo de Trabajo de Atención Arbitraria de Naciones Unidas, desde septiembre de 2017, un reconocimiento de inocencia de la Secretaría de Gobernación, desde 2019, y la reciente admisión de su caso por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en marzo de 2022, se le han suspendido sus derechos humanos, aislándolo e incomunicándolo en el área de Observación, del Cefereso de Guanajuato, para supuestamente vigilar su conducta.
Reconocido como víctima del Estado mexicano, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas puso quejas por la violación a sus derechos ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos y ante el Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura.
Desde hace más de dos meses, Khory Layón cumplió el 50 por ciento de la pena por un delito que no cometió, y del que fue imputado en 2012, por la jueza Hermelinda Silva Meléndez sentenciándolo culpable por señalamientos de terceros bajo tortura, pero fue detenido arbitrariamente y torturado desde el 2 de septiembre de 2009, por los policías federales Porfirio Javier Sánchez Mendoza (en prisión) y Rolando Mayorga Cordero (prófugo), y ya había sufrido dos detenciones arbitrarias, el 16 de julio de 2005 y el 30 de enero de 2006, por órdenes dadas de Eduardo Cuauhtémoc Margolis Sobol a los mismos policías federales, bajo la gestión de Genaro García Luna.
Denuncias por tortura en el Cefereso #17
12 de abril de 2021
19 de julio de 2020
22 de julio de 2020
28 de julio de 2019
28 de mayo de 2019
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