Justicia pendiente
Maestros de Jalisco ganan primer juicio de amparo contra la Reforma Educativa
Ante la reforma educativa que anula beneficios al magisterio, orgaizaciones de maestros en Jalisco lograron el primer juicio de amparo para 208 trabajadores


Insurgencia Magisterial de los Altos Norte y la Asamblea Magisterial Democrática Jalisco en uno de los momentos más significativos de las marchas en Guadalajara. Foto: Teódulo Pineda
Por Teódulo Pineda Bahena
LAGOS DE MORENO, Jalisco.- En un reciente resolutivo dado a conocer por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Laboral del Tercer Circuito de Jalisco con sede en la ciudad de Zapopan, se les concedió la suspensión definitiva de los efectos que sobre 208 (doscientos ochos) profesores de la región de Los Altos podría tener la nueva Ley Estatal de Educación y la adecuación de la Reforma Educativa que se aplica ya en el estado de Jalisco.
En dicho resolutivo del cual Los Ángeles Press cuenta con la copia correspondiente, las autoridades impugnadas son el gobernador Aristóteles Sandoval y el Congreso del Estado y es considerado por los integrantes de la organización Insurgencia Magisterial Altos Norte (IMAN), como un triunfo legal sobre la que consideran una reforma laboral más que educativa, y el fruto de la lucha que desde septiembre del año 2013 han llevado a cabo en diferentes foros, marchas, platones y manifestaciones.
Los integrantes de IMAN en la región de Los Altos de Jalisco, son los que de manera permanente y sin faltar a sus labores como trabajadores de la educación, cumpliendo con todos los lineamientos que les impuso la reforma; son los que se han mantenido en la lucha en contra de la pérdida de los derechos que con el paso del tiempo se han venido comprobando ya que, como lo afirmó el vocero más representativo de este organismo Gabriel Isaac Ulloa, los procedimientos impuestos por las autoridades pasaron de un carácter administrativo a un procedimiento punitivo en los que trabajadores quedaron indefensos ante diferentes los rangos de autoridad del sistema.
Son varios los ejemplos que se han dado de ello. Pero los más significativos son aquellos en los que maestros con derecho a cubrir un interinato u obtener una doble plaza por derechos escalafonarios, ya no pudieron hacerlo por motivo de los nuevos lineamientos establecidos por la reforma.
Hubo profesores que estaban cubriendo ya las dobles plazas a que se habían hecho acreedores por su preparación, antigüedad y puntos en el escalafón y fueron removidos de forma autoritaria sin más argumentos que los establecidos en los lineamientos de la reforma. Otro derecho que con la reforma se desconoció fueron los cambios de adscripción, dentro y fuera de las zonas escolares de la entidad. Con esta disposición, los profesores y trabajadores auxiliares administrativos quedaban, de hecho, a disposición del criterio de su director, supervisor o jefe de sector y sin que pudiese de forma legal, interponer algún recurso que pudiera defenderlos.

Insurgencia Magisterial Altos Norte proclama su primera victoria en contra de la Reforma Educativa en Jalisco, Foto: Teódulo Pineda
Pero los efectos de la reforma (y que las dirigencias sindicales de las Secciones 16 y 47 de Jalisco negaron o minimizaron ante sus representados) fueron más allá del desconocimiento o modificación de las condiciones generales de trabajo. Al iniciar el presente ciclo escolar 2014-2015, decenas de planteles en toda la entidad desde preescolar a nivel medio, se quedaron sin profesores. En varias zonas escolares hasta esta fecha aún no se cubren los grupos que se encuentran sin maestros. Y fueron muchos profesores del sistema federalizado que debido a los nuevos lineamientos de pago centralizados nuevamente a la capital del país, no les llegaron sus salarios oportunamente.
Unas de las razones porque las que rechazan los lugares a donde son enviados quienes aprueban los llamados exámenes de oposición para ingresar al servicio, es que se trata de comunidades muy apartadas de las zonas urbanas, con infraestructura en pésimas condiciones, sin materiales didácticos y con la responsabilidad de atender niños desde primero a sexto grado (grupos multigrados). Para dichos profesores, lo que les ofrecen a cambio de tanto esfuerzo por tratar de conseguir una plaza es muy poco. Aceptan sólo que las escuelas se encuentren en áreas más accesibles y que presenten menos riesgos que aquellas en donde incluso se sabe operan miembros de organizaciones criminales de alta peligrosidad.
Como una estrategia paliativa a tan sensible problema, las autoridades educativas del estado han recurrido a los llamados maestros supernumerarios. Éstos son profesionistas con perfiles de cualquier otra carrera incluso, pero que atienden grupos de niños percibiendo un sueldo de 2 mil 800 pesos mensuales (un equivalente a 200 dólares aproximadamente) pero con las mismas responsabilidades y obligaciones que un profesor de carrera y en servicio, hecho que, evidentemente contraviene varias disposiciones legales como por ejemplo la que establece que “a trabajos iguales, salarios iguales”; pero que para un Estado impositivo, que ha pasado por encima de todos los lineamientos constitucionales con la más absoluta impunidad, esto es lo de menos.
Tales son las consideraciones de los integrantes de IMAN y por ello la resolución de amparo a los 208 profesores y otros juicios que aún faltan por salir, ya son festejados como un triunfo que da comienzo a otra etapa de lucha y que tiene como objetivo, revertir totalmente las leyes que por conveniencia y sin haberlas analizado adecuadamente, fueron aprobadas en el Congreso del Estado en menos de 45 minutos.
Finalmente, el vocero de IMAN, Gabriel Isaac Ulloa, afirmó que no se doblegarán ante nada, que seguirán en pie de lucha y que en el futuro, previniendo que no sean víctimas de otras traiciones como las que les hizo el gobernador Aristóteles Sandoval y representantes del Congreso del Estado, mantendrán el frente pero desde otras trincheras que afortunadamente, las mismas leyes les permiten y que pronto darán a conocer.
Justicia pendiente
Juez de EUA sentencia a 9 años de prisión a hijo del Mayo Zambada

El juez de la Corte Federal del distrito sur de California, Estados Unidos, Danna Sabraw, sentenció a nueve años de prisión a Ismael Zambada Imperial, alìas “El Mayito Gordo”, tercer hijo de Ismael “El Mayo” Zambada, líder del Cártel de Sinaloa.
Durante la audiencia inicial, el juzgador consideró que existen suficientes elementos para que el hijo del Mayo Zambada sea sentenciado por los delitos de importación y distribución de metanfetaminas, cocaína y mariguana de México a Estados Unidos, aunque le restaron los cargos por codirigir una empresa criminal y de lavado de dinero.
Sin embargo, se le tomaron en cuenta los años que ha pasado tras las rejas, pues fue capturado en noviembre de 2014 en Culiacán, Sinaloa, por elementos de la Secretaría de Marina (Semar), por lo que sólo le restará un año en prisión.
De acuerdo con la fiscalía norteamericana, el Mayito conspiró para transportar la droga y luego lavar y transferir las ganancias a México en beneficio de los integrantes del Cártel de Sinaloa.
El Mayito es el tercer hijo del líder criminal que ha sido procesado penalmente en Estados Unidos, pues en 2009 fue detenido Vicente Zambada Niebla, alías “El Vicentillo”, en México y extaditado un año después a Estados Unidos.
Otro de los hijos del Mayo Zambada procesados penalmente fue Serafín Zambada Ortíz, alías “El Sera”, quien fue detenido en noviembre de 2013, cuando intentaba cruzar la frontera entre México y Estados Unidos en 2013, pero fue liberado en 2018, después de una condena de cinco años por conspiración en el tráfico de metanfetaminas.
El Mayito Zambada fue extraditado en diciembre de 2019 a Estados Unidos, luego de reconocer que formó parte del Cártel de Sinaloa, en donde coordinó el tráfico de drogas a la Unión Americana entre 2014 y 2015.
Justicia pendiente
Red Solidaria litiga en la Corte Interamericana contra México por caso Tzompaxtle, de detención arbitraria en 2006

Por primera vez, se lleva a cabo la audiencia pública por el equipo jurídico de la Red Solidaria Década contra la Impunidad ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por el caso de detención ilegal y arbitraria en enero de 2006 de Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López por parte de agentes policiales.
Los representantes legales, María Magdalena López Paulino, Ernesto Rodríguez, Fray Julián Cruzalta, entre otros, han liderado la defensa de las víctimas contra el Estado mexicano, por el arraigo ilegal y la falta de garantías judiciales en el proceso penal que se les siguió en su contra.
En su Informe de Fondo la Comisión concluyó que las víctimas fueron retenidas y requisadas por agentes policiales sin orden judicial y que tampoco se evidenció que fuera posible percibir una situación de flagrancia, se especifica en el documento.
Asimismo, consideró que la retención resultó ilegal y arbitraria, y se agregó en el informe que la posterior requisa del vehículo que llevaban constituyó una afectación al derecho a la vida privada, así como que las víctimas no fueron informadas sobre las razones de su detención ni que fueron llevadas sin demora ante una autoridad judicial.
Por otra parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos analizó la figura del arraigo y su aplicación al presente caso, estableciendo que su aplicación “constituyó una medida de carácter punitivo y no cautelar”, señalando que la dicha figura resulta contraria a la Convención Americana y, en el presente caso, constituyó una detención arbitraria.
Finalmente, consideró que el Estado mexicano violó el derecho a la notificación previa y detallada de los cargos a la defensa técnica en los primeros días posteriores a la detención, puesto que durante ese tiempo tuvieron lugar diligencias relevantes en donde se recabó prueba en su contra y se dispuso su arraigo.
Con información de la CoIDH.
Fabricación de culpables
George Khoury Layón, torturado en el traslado del Cefereso de Michoacán a Guanajuato, «por denunciar violaciones»

Por Guadalupe Lizárraga
George Khoury Layón, privado de su libertad arbitrariamente y torturado por órdenes del empresario en seguridad privada Eduardo Cuauhtémoc Margolis Sobol, en 2005, 2006 y 2009, de nuevo fue víctima de actos de tortura e incomunicación con golpes y shocks eléctricos, el 12 de junio, dentro del Centro Federal de Rehabilitación Social Número 17, de Michoacán, y en su traslado al penal federal, de Ocampo, Guanajuato.
De acuerdo con la denuncia interpuesta ante la Fiscalía General de la República, bajo el número de la carpeta de investigación FED/FECC/FECC-MICH/00000067/2021, George Khoury Layón fue “brutalmente golpeado y torturado, entre otras cosas, por medio de toques eléctricos y precisamente por los servidores públicos que en esta carpeta se encuentran denunciados” por un espacio de diez horas, antes del traslado y durante éste, en el trayecto de Michoacán a Guanajuato.
Los mismos servidores públicos denunciados, el subdirector de Seguridad Alejandro Flores y el comandante Roberto Lázaro Echeverría, quienes también tienen acusaciones por acoso laboral de sus oficiales, además por extorsionar a los internos y con carpetas de investigación por denuncias de tortura, como la mencionada, le hicieron saber a Khoury Layón que “lo que le sucedía y le seguiría sucediendo era por haberlos denunciado”.
George Khoury Layón, pese a tener una opinión de libertad por parte del Grupo de Trabajo de Atención Arbitraria de Naciones Unidas, desde septiembre de 2017, un reconocimiento de inocencia de la Secretaría de Gobernación, desde 2019, y la reciente admisión de su caso por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en marzo de 2022, se le han suspendido sus derechos humanos, aislándolo e incomunicándolo en el área de Observación, del Cefereso de Guanajuato, para supuestamente vigilar su conducta.
Reconocido como víctima del Estado mexicano, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas puso quejas por la violación a sus derechos ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos y ante el Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura.
Desde hace más de dos meses, Khory Layón cumplió el 50 por ciento de la pena por un delito que no cometió, y del que fue imputado en 2012, por la jueza Hermelinda Silva Meléndez sentenciándolo culpable por señalamientos de terceros bajo tortura, pero fue detenido arbitrariamente y torturado desde el 2 de septiembre de 2009, por los policías federales Porfirio Javier Sánchez Mendoza (en prisión) y Rolando Mayorga Cordero (prófugo), y ya había sufrido dos detenciones arbitrarias, el 16 de julio de 2005 y el 30 de enero de 2006, por órdenes dadas de Eduardo Cuauhtémoc Margolis Sobol a los mismos policías federales, bajo la gestión de Genaro García Luna.
Denuncias por tortura en el Cefereso #17
12 de abril de 2021
19 de julio de 2020
22 de julio de 2020
28 de julio de 2019
28 de mayo de 2019
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