Libertad por Amnistía a víctima de violencia de género acusada de homicidio en Estado de México

Compartir

Alejandra Arriaga Romero, violentada por su situación de vulnerabilidad y discriminación, fue condenada a 45 años de prisión

La organización Presunción de Inocencia y Derechos Humanos, (PIDH AC), dirigida por José Humbertus Pérez Espinoza, llevó la gestión de libertad por amnistía en favor de Alejandra Arriaga Romero, de 44 años, quien estaba condenada a 45 años de prisión, siendo víctima de violencia de género.

La organización tuvo el acompañamiento de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM), y de la maestra Myrna García Morón, de la “Casa de Libertades”, que se dedican a la defensa de los derechos humanos de las mujeres violentadas.

Presunción de Inocencia presentó la argumentación jurídica y los fundamentos convencionales para la obtención de la libertad de Alejandra Arriaga Romero, y pidió a las familias de los falsos culpables seguir en la defensa de la Ley de Amnistía del Estado de México, ya que son el único colectivo que realiza estas gestiones de defensa ante el Poder Legislativo y la Comisión Especial en Materia de Amnistía de la LXI Legislatura, instancias que tienen la facultad constitucional de otorgar las Amnistía a falsos culpables por delitos de alto impacto que son inocentes.

Argumentación y bases jurídicas para la libertad de Alejandra

  1. Alejandra Arriaga Romero, de edad 44 años, el nombre de la persona que presenta la solicitud es Beda Sarmiento Gutiérrez, representante legal de PIDH A.C., que su nombre a quedado descrito en el primer párrafo, también la identidad de la organización en defensa de los derechos humanos se describe con el Instrumento notarial, fue condenada a una sentencia de 45 años de prisión, no obstante, de realizar una legitima defensa para proteger su vida.
  2. Alejandra Arriaga Romero ella misma se presentó a la Agencia del Ministerio Público, para narrar como habían sucedido los hechos ante las constantes agresiones que vivía de violencia intrafamiliar, porque desde que se caso su esposo el sujeto que la agredía, exmilitar retirado que por celos la humillaba, la ofendía con golpizas interminables y la violentaba físicamente, sexual y psicológicamente.
  3. El 31 de mayo de 2015, Alejandra Arriaga Romero (aproximadamente a las 21.30 horas y 22:00 horas) fue violentada por enésima ocasión por José Ángel “N”, el agresor llegó con un cuchillo en  la mano amenazándola de que la iba a matar acercándole el arma blanca. Arriaga Romero, en defensa, sacó del buró una pistola vieja que no funcionaba, la cual nunca la accionó, solo la utilizó para defenderse, (porque ambos estaban solos y además sabían que no servía), al ver que se acercaba para agredirla ella le aventó la pistola, misma que se accionó y salió el disparo que privó de la vida al a José Ángel “N”.

El mismo 31 de mayo de 2015, José Ángel “N” intentó violentar sexualmente a Alejandra Arriaga Romero. Al poner resistencia, él la ofende y amenaza. Esto era un actitud frecuente durante los 14 años que estuvieron casados, Alejandra Arriaga Romero era golpeada y también sus hijos por José Ángel “N”, quién en el interior de la casa tenía diversas armas de fuego, (armas que fueron encontradas por la policía cuando llegaron al lugar de los hechos y las ubicaron debajo de la cama en el lugar en donde el dormía).

Diversos testimonio familiares se vertieron en contra del ex militar José Ángel “N” quien le colocaba almohadas para asfixiarla a Alejandra, y en ocasiones frente a los hijos y ellos mismos eran duramente lastimados por él.

4. Primeramente, la autoridad responsable que violó los derechos humanos fue el Ministerio Público, no obstante que Alejandra Arriaga Romero, al ver que no llegaba la ambulancia, en reiteradas ocasiones le habló al Ministerio Público y las patrullas que hacían rondines en el poblado de Santa María Totoltepec en el Municipio de Toluca.

Los policías auxiliares llegaron entre la 1:30 y 2:00 de la mañana y no preservaron el lugar de los hechos, en virtud de que nadie estaba en la casa porque Alejandra Arriaga Romero estaba en la Agencia del Ministerio Público desde las 11:45 horas del 31 de mayo de 2015, y no hubo nadie que les abriera la puerta, toda vez que a la esposa no la dejaron salir de Ministerio Público, no obstante que ni siquiera la policía y el Ministerio Público habían iniciado las investigaciones.

El esposo de Raquel Romero Martínez el señor Roberto Martínez Mauricio fue quién llegó con la policía, el Ministerio Público, los peritos forenses, a las nueve horas, después no obstante que desde antes de las 24:00horas entre las 10:00 horas a 11:30 del 31 de mayo de 2015 Alejandra Arriaga Romero llamó reiteradamente al Ministerio Público para decirle de la muerte de José Ángel.

El Ministerio Público, al conocer de los hechos porque la propia Alejandra Arriaga Romero fue a denunciarlos en compañía del esposo de su mamá el señor Roberto Martínez Mauricio y lo acompaño su compadre, la representación social al tener la noticia criminal en donde perdió la vida de José Ángel “N”, el Ministerio Público no ordenó de manera inmediata que policías y peritos iniciaran las investigaciones y con esto se violó el Acuerdo 07/2013 del Protocolo de Homicidio, publicado en la Gaceta de Gobierno del Estado de México el miércoles 29 de mayo de 2013.

Agréganos como fuente preferida en Google